El Tribunal Superior de Justicia de Valencia condena a la Sanidad Pública a indemnizar a los dos hijos de un paciente que fue abandonado y desasistido en una ambulancia.
Los hechos son los siguientes: J.M.M. de 56 años de edad y con antecedentes de metástasis pulmonar, con sonda PEG para nutrición enteral y traqueotomía, avisa a sus hijos a altas horas de la noche del 19 de Octubre de 2013 porque tenía la cánula fuera, con sangrado y tosía sacando coágulos de sangre, como le había ocurrido en anteriores ocasiones. Sus hijos avisan al 112 para que enviaran una ambulancia diciendo que su padre estaba sangrando y que se ahogaba. El médico de guardia y el enfermero que acudieron con la unidad de soporte de vital básico, no permanecieron con el paciente a lo largo del trayecto hacia el Hospital “Lluis Alcanyis”, desviando por el contrario, la ambulancia y bajándose en el Centro de Salud Benigánim retrasando el ingreso en urgencias y dejando desasistido al paciente el resto del trayecto, con daños graves al paciente a nivel cerebral derivados de la ausencia de oxígeno padecida en el trayecto, con resultado de lesión cerebral isquémica, que motivó la muerte del paciente días más tarde.
Entendemos que resulta inadmisible que el servicio de ambulancias de Valencia, en lugar de atender con diligencia y prontitud a un paciente que precisaba asistencia urgente, se desvíe del trayecto al Hospital y no sólo eso, sino que además el médico de guardia y el enfermero que fueron a atender al paciente en su domicilio, bajen de la ambulancia y lo abandonen a su suerte y lo dejen desatendido hasta que éste llegue al Hospital. Esto no puede suceder más. Por eso se puso la demanda correspondiente, que ha sido estimada por el Tribunal Superior de Valencia, estableciendo la cantidad de 40.000 euros a los dos hijos mayores de edad.