Por Javier Bruna: El beneficiario de la Seguridad Social tiene, lógicamente, el derecho a recibir la prestación sanitaria adecuado a su patología y en un tiempo razonable. Pero, ¿qué sucede cuando dicho paciente acude en reiteradas ocasiones a la sanidad pública y ésta, por pasividad y desidia, no le da el tratamiento adecuado?
Pues en estos casos de abandono por parte de los servicios sanitarios públicos, reiterado en el tiempo como en el presente caso (3 años), el paciente no sólo tiene todo el derecho a reclamar por la deficiente prestación sanitaria percibida, sino además, a solicitar el reintegro de los gastos que ha tenido que abonar por no tener más remedio que ir a la sanidad privada para encontrar remedio a sus dolencias.
Y es que el caso presente es sangrante: Una paciente que acude reiteradamente a su centro de salud quejándose de la enfermedad que tenía y durante nada menos que 3 años, el médico no la deriva a ningún especialista ni se le hace, por consiguiente, ninguna prueba diagnóstica para determinar su dolencia, viéndose obligada a tener que acudir a la sanidad privada para recibir la asistencia sanitaria adecuada, eso sí, pagándola de su bolsillo.
Por eso, el Tribunal considera, con toda razón, que no sólo ha existido en este caso una mala prestación sanitaria por parte del sistema público de salud, sino que además, la mujer tiene el derecho a que se le reembolse los gastos que ella ha tenido que sufragar de su bolsillo para poder ser atendida médicamente como debiera.
Lamentablemente, en estos tiempos de recortes sanitarios de personal y medios, con instrucciones de los responsables de la sanidad pública a los médicos de no hacer pruebas «innecesarias», no resulta nada extraño que cada vez más proliferen casos como el aquí estudiado.