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Diagnóstico erróneo a una mujer embarazada y sus consecuencias

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Por Javier Bruna: Actualmente, y esperando que el nuevo proyecto de Ley Gallardón no lo cambie si llega a aprobarse, es posible hasta la semana 22 del embarazo y ante un feto que presenta graves anomalías, como es el Síndrome de Down, que la madre pueda ejercer su derecho a la interrumpción del embarazo.

Pues bien, en el caso que nos ocupa, la madre no pudo ejercer ese derecho por un diagnóstico erróneo de la amniocentesis que le fue realizada para detectar dicha anomalía. Por ello el Tribunal considera que se está en presencia «de una pérdida de expectativas focalizada en la privación a los padres de la oportunidad de actuar, dentro de los márgenes legales, en relación a la interrupción de la gestación».

Además, el Tribunal asegura que el «daño moral ocasionado a los padres, sustancialmente por no haberse podido acoger a la facultad legal de interrumpir voluntariamente el embarazo, y los cuantiosos gastos económicos que la situación vital del menor les ha generado y seguirá haciéndolo durante toda su vida» debe ser valorado en 300.000 euros.

Ir a la noticia. TOLEDO, 23 Abr. (EUROPA PRESS). Condenan al SESCAM a pagar 300.000 euros por no detectar Síndrome de Down en la amniocentesis de una mujer.

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